COMPRAR PARA LA COMUNIDAD DE VECINOS
Querer adquirir un local o vivienda para que forme parte de una comunidad de propietarios e integrarlo como una zona común, es una práctica que no suele ser muy habitual; pero que puede llegar a darse en ciertas situaciones determinadas, lo habitual es que cuando se hace la construcción ya se diseñen zonas comunitarias.
Ahora bien, ¿esto es posible? Llegados a este punto, es normal dudar y cuestionarnos la idoneidad y el marco legal para que la comunidad de propietarios compre un piso o local.
Hoy, desde Inmhogar Ávila, os contaremos todo lo que debéis saber para realizar esta compra de forma rápida y sin problemas.
¿UNA COMUNIDAD DE VECINOS PUEDE SER PROPIETARIA DE UNA VIVIENDA O LOCAL?
Antes de nada, salgamos de dudas. Hoy en día, una comunidad de vecinos no puede ser titular de una propiedad en si misma. Esto se debe a que una comunidad no está reconocida como una entidad que pueda realizar transacciones de compraventa en cuanto a inmuebles se refiere.
Sin embargo, los vecinos, pueden realizar una compra como co-propietarios y por tanto tiulares de ese derecho de forma independiente e individual y pueden, por tanto, realizar dicha transacción en conjunto, y ser co-titulares del local, trastero…
Eso generará que cada propietario sea dueño de una parte de dicha propiedad. Esto implica que la propiedad no podrá estar a nombre de la comunidad, ya que carece de personalidad jurídica, es por ellos que para muchos propietarios que no quieren verse involucrados en alguna compraventa de un inmueble sea un inconveniente y no afronten la compra de esa propiedad.
¿CÓMO SE REALIZA ESTA COMPRAVENTA?
Para que todos los propietarios de una comunidad puedan comprar un piso o local para uso común, todos los inquilinos o vecinos, deben dar su aprobación de forma unánime. Esto será para lograr realizar la transacción de forma conjunta sin ningún tipo de problemas o sorpresas.
El costo de esta compra se repartirá de acuerdo con la cuota de participación de cada propietario, y es necesario que todos los comuneros firmen ante notario, y será un derecho independiente del de su propiedad de piso y anejos de los que ya era propietario anteriormente.
Una vez se realice la compra, los vecinos deberán firmar ante notario dicha compraventa. Esto se debe a que, si bien la propiedad se comprara de forma conjunta, la propiedad inicialmente es una propiedad privada pero que consta de varios dueños o propietarios.
Posteriormente, se deben completar los trámites necesarios para convertirlo oficialmente en una zona común de la comunidad, previo consenso de todos los co-propietarios.
AHORA, ¿CÓMO LE DAMOS LA UTILIDAD A LA PROPIEDAD PARA LA COMUNIDAD?
Después de la compra, es necesario formalizar una escritura pública que especifique cómo se distribuyen los coeficientes de propiedad y el nuevo uso que se le dará al local o piso.
Por ejemplo, si se convierte en un trastero, sala de juegos, o algún otro tipo de espacio que puedan compartir los vecinos.
¿SE PUEDE COMPRAR AUNQUE NO TODOS LOS VECINOS ESTÉN CONFORMES CON LA COMPRA?
Cuando solo un grupo de propietarios de una comunidad decide adquirir el piso o local, la situación se complica.
Este grupo puede comprar un local y proponer que éste se integre como zona común, sin necesitar la aprobación de la junta de propietarios, ya que, su derecho a realizar la compra, no puede ser restringido. Sin embargo, esto puede generar algunos conflictos:
- Pérdida de titularidad. Hay que tener en cuenta que, si se compra un inmueble y luego quiere declararse parte de una comunidad de vecinos, se debe conseguir la unanimidad de favorables para declarar este inmueble como tal. Esto hará que la propiedad pase a estar a nombre de la comunidad y cada individuo deberá aportar su cuota correspondiente de forma equitativa.
- No podrán exigirse contribuciones económicas. Se debe tener en cuenta que los compradores originales de la propiedad no podrán solicitar ningún tipo de compensación económica a aquellos vecinos que no hayan contribuido a la compra del inmueble. Estos sólo estarán obligados a contribuir con impuestos y gastos relacionados con el mantenimiento de dicho local.
- Mantenimiento y daños. Si bien los gastos de mantenimiento del inmueble serán repartidos de forma equitativa entre toda la comunidad de vecinos, es importante destacar que, aquellos daños específicos causados, deberán ser saldados por el causante de dicha avería o daño. Sin embargo, si la propiedad no es de uso comunal y es de uso privativo, los gastos solo recaerán en aquellos que utilizan el espacio, ya que no se cuenta como un espacio común.
Con todo esto aclarado, se debe comentar también que, en caso de que algunos vecinos se nieguen a declarar este local o inmueble como zona común, los compradores podrán conservar todos los derechos sobre dicha propiedad y darle un uso libre y como gusten utilizarlo.
Además, también conservarán la libertad de venta y que sólo los compradores originales sean los beneficiarios de dicha venta. Esto se debe a que la propiedad mantendrá su titularidad como propiedad privada y se podrá disfrutar y ejercer con ella a gusto de los propietarios.
Esperamos que descubrir la manera de llevar a cabo una compraventa de un piso o un local por parte de los propietarios de una comunidad os haya resultado de lo más interesante. Desde Inmhogar Ávila, como expertos en el sector, estamos a vuestra disposición si estáis barajando esta posibilidad para asesoraros y ayudaros a proceder con este trámite de forma exitosa.
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