¿Estás pensando comprar una vivienda en Ávila y para ello tienes que solicitar una hipoteca? Si es así, te contamos todos los cambios realizados en la reforma de la ley hipotecaria, que entró en vigor a mediados del mes de junio, tras su publicación en el BOE de la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.
Algunos de los cambios más significativos para aquellos que buscan comprar una vivienda son:
Nuevo reparto de los gastos de hipoteca
El banco tendrá que hacer frente a los gastos de gestoría, registro, notaría, impuesto sobre actos jurídicos documentados y de su propia copia de la escritura.
En cambio, el prestatario (comprador) tendrá que pagar la tasación del bien inmueble y su propia copia de la escritura. Esto beneficia al consumidor, ya que tiene que soportar menos costes que con la ley anterior.
Mayor amparo al consumidor
– Más información para el futuro hipotecado
: Se establece la obligación de, como mínimo 10 días antes de la firma del préstamo, librar al prestatario, entre otros documentos, la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) y una copia del proyecto de contrato.
– El prestatario, al menos 1 día antes de que se autorice la escritura del préstamo, tiene que comparecer ante un notario
para que éste extienda, gratuitamente, un acta acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la LCCI; de que el notario lo ha informado personalmente sobre el FEIN y FiAE; y que ha respondido a una prueba sobre la documentación e información facilitada. Sin este requisito no se podrá autorizar ni inscribir en el Registro de la Propiedad la escritura de préstamo.
– A la hora de tasar el inmueble lo tendrá que realizar una sociedad, servicio de tasación o profesional debidamente homologado, independiente de la entidad que presta la hipoteca o del intermediario de esta.
Amortización anticipada más barata
La compensación por amortización anticipada sea del tipo que sea, se reduce
. Además, el banco asumirá el coste si no le genera pérdidas a este. Todo esto se ve influido por los diferentes tipos de hipoteca, variable o fija.
Entre ambos, banco y cliente, se llegará en un acuerdo con un plazo máximo de un mes para notificar la intención de amortizar la hipoteca antes de tiempo. A partir ahí, el banco tiene un máximo de tres días hábiles para aportar la información necesaria para evaluar esta opción.
Impagos y embargo de la casa
La reforma de la ley dictamina en el artículo que regula la clausula de vencimiento anticipado unos requisitos a seguir por el impago reiterado y pedir el embargo de la vivienda al juzgado por esos motivos.
Para ello, el banco no podrá iniciar el proceso hasta efectuar ciertos puntos:
– Primera mitad del plazo: hasta que el retraso no exceda un 3% del capital concedido o se alcance un semejante a 12 cuotas impagadas.
– Segunda mitad del plazo: el porcentaje del capital impagado asciende al 7%, mientras que las mensualidades en demora mínimas son 15.
De esta manera, se establece un interés de demora máximo de 3 puntos por encima del interés remuneratorio de la hipoteca.
Suelo del 0% por defecto
Según la ley queda totalmente prohibido aplicar un interés mínimo en las hipotecas variables
. Por lo que no se incorporará las cláusulas suelo, ni se permite considerar un Euribor al 0% cuando cotice en negativo. Pero en cambio, en el caso de los préstamos hipotecarios se establece por defecto un tipo mínimo del 0%.
Libertad para cambiar de banco
Durante el proceso de subrogación, ya no es una obligación aceptar la oferta que nos proponen. Con la nueva ley tenemos libertad para elegir el banco que consideremos más apropiado para nosotros, sin obligaciones.
Regulación de las hipotecas multidivisas
Las hipotecas multidivisas también han sufrido los cambios de la nueva ley. Algunas de estas modificaciones son:
– Los titulares de estas hipotecas
tienen el derecho de convertirlas a euro cuando quieran.
– Los bancos
deberán mantener informados del aumento de la deuda debido al incremento de valor de la divisa respecto al euro.
– El contrato se considerará nulo si la hipoteca no cumple con las exigencias mencionadas anteriormente.
Regulación intermediarios financieros
Los llamados brokers inmobiliarios y prestamistas privados también tienen su apartado en la nueva reforma de la ley hipotecaria.
– Para aquellos que operen únicamente a nivel regional deberán de crear un registro de intermediarios financieros.
– Para poder operar en España tanto los intermediarios como los prestamistas deberán certificar que no tienen antecedentes delictivos, ni haber sido declarados a concurso.
– Además, su remuneración deberá incluirse en la tasa anual equivalente de la hipoteca. No pudiendo ocultar la comisión por intermediación fuera del cálculo de la TAE.
Esperamos haberte ayudado a conocer la nueva reforma hipotecaria. En INMHOGAR ÁVILA estamos a tu disposición para ayudarte y asesorarte en cualquier proceso de compra o venta de vivienda en Ávila. Contacta con nosotros.