COMO COMPRAR UNA CASA SIN HIPOTECA

Como ya sabéis, el impacto de la pandemia de Covid-19 que actualmente vivimos, se hizo notable en todos los ámbitos; desde nuestro día a día con cambios en nuestro modo de vida y nuestra rutina, hasta llevar a cabo importantes modificaciones en diferentes sectores, como en la economía, la vivienda y la sociedad, entre otras.
 
En relación con nuestro sector, ya vimos como el año pasado el precio de la vivienda descendía, convirtiendo al 2021 en el año perfecto para encontrar una gran oportunidad de inversión; sin embargo, la compra de viviendas se ha visto afectada dejando porcentajes muy por debajo de años anteriores, debido a la situación actual económica y laboral. Se trata del mejor año para comprar, sin embargo, la situación económica de la mayor parte de la población incide en el número de compra-ventas, incluso en nuestra localidad, Ávila.
 
El descenso de las ventas produce, como era de esperar, el de la concesión de hipotecas, hablando de cifras como las que nos dejó el pasado mes de febrero de un descenso del 15,4% de las ventas y un 30,4% de los préstamos en tasa interanual a nivel nacional. Todo esto provoca que las mismas personas que anteriormente accedían de manera “fácil” a un préstamo hipotecario, ahora sean rechazadas por las entidades bancarias, lo que nos lleva a la siguiente situación; comprar una casa sin hipoteca.
 
En el post de esta semana, desde Inmhogar Ávila, os mostramos la alternativa para esta situación que se encuentra a la orden del día dadas las cifras tan elevadas que comentábamos .
 
Si es vuestra intención adquirir una vivienda y llegados a este punto el banco no os concede la hipoteca para la adquisición de vuestra “casa de ensueño”, debemos buscar alternativas con la posibilidad de comprarla sin hipoteca mediante la compraventa de pago aplazado, o con la figura del alquiler con opción a compra.
 
Se trata de una alternativa poco habitual, pero dadas las circunstancias actuales, puede ser la posibilidad que nos ayude a cumplir nuestro objetivo; comprar una vivienda sin hipoteca.
 
La compraventa de un inmueble con pago aplazado consiste en la entrega de la vivienda por parte del vendedor a la parte compradora por un precio determinado que ambos acuerden y que el comprador deba ir abonando al vendedor a plazos. Es decir, la posibilidad de poder pagar la vivienda en varias cuotas que debemos ir abonando al comprador sin la necesidad de financiación bancaria.
 
Ahora bien, ¿puedo disfrutar del inmueble al comenzar su compraventa con el pago aplazado? En efecto, así es; siempre y cuando ese sea el acuerdo con la parte vendedora. En muchas ocasiones, se acuerda poder comenzar a disfrutar de la propiedad una vez se haya alcanzado la totalidad íntegra de su precio, o alcanzar alguna cifra intermedia acordada por ambas partes. En este caso, deberás hablarlo con el vendedor y llegar a un acuerdo justo para ambos. Igualmente cabe la posibilidad de un acuerdo de alquiler paralelo al de la opción de compra aplazada, que permite al comprador disfrutar de la vivienda desde el momento de la firma de ambos contratos.
 
Todos los acuerdos en relación a la compraventa de la vivienda mediante pago aplazado deberán ser formalizados mediante un escrito en el que figure cada aspecto acordado, como, por ejemplo, la cantidad total que se deberá abonar al vendedor, así como el número de cuotas en el que se realizará, como la fecha de inicio en el que será entregada la vivienda al nuevo propietario. Para una mayor garantía de ambas partes, es conveniente llevar a cabo esta operación ante notario y su posterior registro en el Registro de la Propiedad.
 
Al tratarse de una operación diferente a la habitual, seguro que te preguntarás cómo tributa la venta de una vivienda a plazos entre particulares; el vendedor deberá tributar en el IRPF por la ganancia obtenida de la venta de la propiedad. Pero si en el contrato de compraventa se estipula que la vivienda se entrega y se pone a disposición del comprador, este impuesto correspondería al nuevo propietario, la parte compradora de la vivienda.
 
Con la plusvalía municipal ocurre lo mismo; ésta se devenga una vez se entrega la casa al comprador, pagando este impuesto una única vez una vez se formaliza la compra-venta del inmueble.
 
El comprador por su parte deberá hacerse cargo del ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) una vez se transmita la vivienda al comprador, llevando a cabo su devengo en los treinta días posteriores a la formalización de la compra venta en la Notaría.. Una vez formalizada la compraventa del inmueble, comienza el plazo para el comprador del pago de la totalidad del impuesto.
 
Como habréis podido comprobar, se trata de una alternativa para poder contar con la posibilidad de adquirir una vivienda sin hipoteca, siempre y cuando las condiciones acordadas entre el vendedor y el comprador sean de mutuo consenso.
 
Como expertos en el sector inmobiliario, os animamos a compartir vuestra experiencia con nosotros si os encontráis en situación de querer adquirir un inmueble mediante este proceso, poniendo todos nuestros años de experiencia en operaciones similares a vuestra entera disposición.
 

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