MASCOTAS EN UNA CASA DE ALQUILER

Actualmente, cuatro de cada cinco familias deciden contar con un miembro más; y no hablamos de ampliarla con una “llamada a la cigüeña”, si no de adoptar un animal doméstico.
 
Estos pequeños amigos acaban convirtiéndose, como bien hemos dicho, en uno más de la familia, siendo fundamentales especialmente para aquellas personas que dedican más tiempo en sus hogares siendo su apoyo y compañía.
 
Según los datos de los últimos años, las mascotas se encuentran muy presentes en la vida del ser humano, tanto que en los registros de los últimos años señalan de que en muchas zonas de la península hay más mascotas que niños.
 
En el post de esta semana, desde Inmhogar Ávila, hemos hecho una pequeña andadura por la vivienda de alquiler y las condiciones para tener mascotas así como las medidas legales que puedan llegar a prohibirlas para contaros de cerca cada detalle que debéis conocer ya sea como inquilino o propietario del inmueble.
 
Lo primero, es muy importante que, a la hora de buscar una casa, antes de concretar nada con nuestro nuevo casero, en el caso de tener mascotas, comentárselo de manera expresa.
 
Actualmente, a pesar de que la realidad sea que la gran mayoría de familias cuentan con una mascota como comentábamos al comienzo del post, gran parte de las viviendas en alquiler no admiten mascotas. Este rechazo suele derivarse por el temor a que la estancia de animales en el inmueble pueda causar desperfectos en la vivienda o cualquier molestia a los vecinos.
 
Buscar una vivienda en el caso de tener mascotas, se vuelve de lo más complicado por este temor de los propietarios. Ahora bien, ¿puede llegar a prohibir el propietario de la vivienda las mascotas?
 
En efecto, sí puede llegar a hacerlo. Si el contrato de arrendamiento incluye una cláusula que lo prohíba de manera expresa, no podrán entrar mascotas en la vivienda. Solamente de esta manera, el propietario podrá evitar mascotas en el inmueble durante la estancia de sus inquilinos, ya que, en el caso de no disponer de una cláusula específica que prohíba las mascotas de forma expresa, el inquilino no tendrá ningún impedimento legal que le prohíba que su mascota habite en el inmueble, a pesar de que el propietario no esté de acuerdo con ello.
 
Ahora bien, por parte del propietario existe esta medida para prohibir mascotas en la vivienda, pero en el caso de que el propietario estuviera de acuerdo en admitir mascotas en nuestra nueva casa, podemos llegar a encontrarnos con otro impedimento que deberás tener en cuenta; los estatutos de la comunidad de propietarios.
 
Antes de firmar ningún contrato de alquiler si convives con mascotas, en el caso de los bloques de viviendas o urbanizaciones, asegúrate de que ningún estatuto de la comunidad prohíbe a los residentes del edificio la posesión de mascotas, ya que, en el caso de ser así, legalmente no podrías habitar con tu mascota en la vivienda a pesar de que el propietario estuviera de acuerdo con ello.
 
Por eso, es muy importante asegurarnos antes de nada, en primer lugar, si el propietario de la vivienda admite mascotas y está de acuerdo con la convivencia del animal en la vivienda y, después, asegurarnos de que la comunidad también admite mascotas y no lo prohíbe de manera expresa mediante una cláusula en sus estatutos. Así, evitaremos sorpresas desagradables antes de instalarnos en nuestra nueva casa.
 
Debes tener en cuenta que en el caso de existir cualquiera de estas dos prohibiciones que te impiden tener mascotas en la vivienda, a pesar de que sea tu casa de ensueño, deberás descartarla de inmediato; ya que, en el caso de meter alguna mascota en la vivienda con una cláusula que lo prohíba en el contrato o en los estatutos de la comunidad, el propietario tendrá derecho a dar por finalizado el contrato por incumplimiento de éste. En este caso, el arrendador puede solicitar el abandono del inmueble de inmediato, con la consiguiente penalización por incumplimiento del contrato.
 
Por otro lado, a pensar de que el casero esté de acuerdo en la admisión de mascotas y la comunidad no disponga de ninguna cláusula que lo prohíba, debes contar con la posibilidad de que el propietario puede en cualquier momento rescindir del contrato de manera legal si los animales ocasionan alguna molestia a la comunidad.
 
Esperamos que toda esta información en relación a la vivienda de alquiler y la posesión de mascotas os haya resultado de real interés. Recuerda que lo fundamental en el caso de tener mascotas, antes de nada, es comentárselo al casero y asegurarte de que no hay nada que impida la vivencia del animal en la vivienda, y, en el caso del propietario, si no estás de acuerdo en la admisión de mascotas en tu propiedad, déjalo aclarado expresamente en una cláusula del contrato.
 

Reset password

Ingrese su dirección de correo electrónico y le enviaremos un enlace para cambiar su contraseña.

Scroll al inicio